martes, 24 de marzo de 2015

actividad 1.4



ACTIVIDAD 1.4                                                
                                                                                                 María Cabañero Sarrión


1.    La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.



 La Constitución. Es la Norma suprema del ordenamiento jurídico español Una Constitución es elaborada a través de un consenso compuesto por  un conjunto de normas que todos acuerdan y deben respetar. Gracias a ello es posible la convivencia de los ciudadanos en un país.

Los Tratados Internacionales, son acuerdos entre dos o más estados, o entre una nación y una organización internacional, y deben cumplir con varias obligaciones. El tratado internacional no puede imponer algo en contra de la Constitución, sólo serán válidos si se ajustan a ella.

Las leyes promulgadas por las Cortes (Parlamento y Senado), que son la fuente básica del Derecho del Estado y que se dividen en dos:
 Leyes Orgánicas: Es un determinado tipo de ley que requiere la aprobación, por mayoría absoluta, del Congreso de los Diputados Norma emanada de las Cortes Generales, para cuya aprobación, modificación o derogación la Constitución Española exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y otras previstas expresamente en la Constitución.. Entre ellas podemos destacar las leyes de educación (LOGSE, LOE, LOMCE...), etc.
 Leyes ordinarias: No necesitan mayoría absoluta para su aprobación en el Congreso de los Diputados.
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Las normas reglamentarias con rango de ley como el Real Decreto Ley y el Real Decreto Legislativo. Los Reales Decreto Ley se diferencian de las leyes en que están promulgadas por el Gobierno y no por el Parlamento. La diferencia entre ellas y las siguientes es que el Real Decreto Ley se dicta por el Gobierno en caso de extrema y urgente necesidad.

Los reglamentos como los Reales Decretos, las Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno, las Órdenes Ministeriales, etc.
Norma jurídica de rango inferior a la ley dictada por órgano que tiene atribuida potestad reglamentaria. Los reglamentos no pueden regular materias reservadas a la ley ni infringir normas con dicho rango.


2. La estructura de las leyes en España.
La ley se divide en título, la parte expositiva, que comprende el preámbulo o exposición de motivos, y en último término la parte dispositiva. La parte dispositiva comprende el texto del articulado, es decir, los artículos, la parte final, y si los hay, los anexos.
3. El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo)
Un proyecto de ley debe presentarse a una de las dos Cámaras que conforman el Congreso Nacional: la de Cámara de Origen y la Cámara Revisora.
En la cámara de origen se realiza el primer trámite legislativo, esto se conoce como discusión general, cuyo objetivo es admitir o desechar en su totalidad el proyecto de ley, considerando sus ideas fundamentales y admitir a discusión las indicaciones que se presenten sobre el proyecto, por el Presidente de la República, los ministros de Estado y los parlamentarios.
Aprobado el proyecto en la Cámara de Origen, pasa a la Cámara Revisora, la cual podrá aprobar, modificar o rechazar el proyecto de ley proveniente de la Cámara de Origen.
Aprobado el proyecto de ley por ambas Cámaras, es enviado al Presidente de la República, para que éste también lo apruebe o lo rechace.
Una vez aprobado el proyecto de ley por el Presidente de la República, éste debe dictar un decreto, (decreto promulgatorio), dentro de un plazo de 10 días, en el cual se declara la existencia de la ley
Dentro de un plazo de cinco días, desde que queda totalmente tramitado el decreto promulgatorio, el texto de la ley debe publicarse en el Diario Oficial y desde ese momento es obligatoria.


4.  Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa.

Para analizar las políticas de educación en España debemos tener en cuenta los cambios políticos, económicos y sociales que ha sufrido.
En primer lugar analizaremos la política de igualdad de oportunidades. Respecto a la diferenciación social, el sistema educativo debe perseguir la igualdad de oportunidades para sus estudiantes además debe existir un acceso equitativo a los recursos educativos disponibles por parte de todos los estudiantes susceptibles de recibirlos.
A continuación, analizamos las políticas dirigidas a la calidad y modernización del sistema educativo. Uno de los instrumentos fundamentales para la calidad del sistema educativo es la evaluación que se orientará a la permanente adecuación del mismo a las demandas sociales y a las necesidades educativas y se aplicara sobre los alumnos, el profesorado, los centros, los procesos educativos y sobre la administración.
Por último hemos de tener en cuenta que los partidos políticos y sindicatos son las  instituciones que se implican en la política educativa además de la asociación de padres, de profesorado y titulares del centro que gracias a la LODE establece  no solo el derecho a la asociación sino también impulsándola.

BIBLIOGRAFIA
Pau.F.(2009).La estructura de las leyes en España.Debate,12,12-20. file:///C:/Users/1Rocio/Downloads/Estructura_leyes_Espana%20(3).pdf

Bonal, X. (1998). Capítulo 8. La política educativa: dimensiones de un proceso de transformación (1976-1996). En R. Gomá & J. Subirats (coords.), Políticas públicas en España (pp.153 -175).

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